Legislación criminal y totalitaria

03 de mayo de 2017

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Cuando visité Auschwitz, no pude por menos de pensar que, salvo la edad de las víctimas, no había gran diferencia entre ese lugar y los centros abortistas. Es muy grave que el Estado rehúse a algunos seres humanos su derecho a vivir.
 

Desde que empezó la Democracia en España ha habido tres leyes sobre el aborto. Por aborto entendemos aquí realizar la muerte del óvulo fecundado, embrión o feto humano, dentro del seno materno. A partir de la Ley Orgánica 9/1985 el aborto se despenalizó en tres supuestos: violación, riesgo para la salud física y psíquica de la madre, supuesto por el que se llega fácilmente al aborto libre, y malformación el feto. El argumento que se empleó, evitar que una mujer por abortar fuese a la cárcel, no correspondía a ninguna necesidad, porque no ya desde la democracia, sino desde bastante antes, ninguna mujer había ido a la cárcel por este motivo.
 
La segunda Ley fue la «Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo», con el voto en contra del Partido Popular. Lo sustancial de ella está contenida en una sola frase: «Se reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida» (art. 3 & 2), por la que el aborto pasa de delito a derecho. Todo el resto de la Ley, incluidas las cinco veces que afirma que la vida prenatal es un bien jurídico merecedor de protección que el legislador debe hacer eficaz, es puro bla, bla, bla.
 
La tercera Ley, la Ley Orgánica 11/2015, de 21 de septiembre, es tan solo una modificación mínima de la Ley anterior, requiriendo la nueva Ley la necesidad de consentimiento expreso de los representantes legales de la menor que desea abortar. Todo el resto de la Ley anterior permanece sin modificaciones. Lo más importante fue el cambio de voto del PP, que votó a favor, y a los cinco diputados y siete senadores que no lo hicieron les quitó de las listas.
 
El derecho a la vida es el derecho humano fundamental, hasta el punto que los demás derechos se apoyan en él. Y es que si no estoy vivo no necesito para nada los demás derechos, perdiendo el Derecho su validez si carece de base moral o pretende que realice una acción inmoral. El derecho a la vida significa derecho a venir a la luz y, luego, derecho a perseverar en la vida hasta su natural extinción. El ser concebido es un ser humano, y por tanto poseedor de una dignidad y derechos. La elección de la mujer no es ya ser madre o no, sino ser madre de un niño vivo o de un niño muerto, y, además, asesinado por ella, lo que en muchas ocasiones supone las graves consecuencias psicológicas conocidas como «síndrome post-aborto». Recuerdo que un sacerdote amigo mío, me dijo que cuando un partidario del aborto le recriminó su postura antiabortista, le respondió simplemente. «Es que vosotros destrozáis a las mujeres y a nosotros nos toca intentar arreglarlas en lo posible». A las mujeres no hay que empujarlas a abortar, sino por el contrario, ayudarles, porque la experiencia muestra que la mujer no quiere suprimir la vida que lleva en su seno, sino, por el contrario, ser ayudada en su maternidad.
 
En cuanto al niño, ¿qué voy a decir? Es el más afectado por el aborto, la víctima principal, puesto que es asesinado. Supone aplicar la pena de muerte a alguien totalmente inocente. Cuando visité Auschwitz, no pude por menos de pensar que, salvo la edad de las víctimas, no había gran diferencia entre ese lugar y los centros abortistas. Es muy grave que el Estado rehúse a algunos seres humanos su derecho a vivir, pues con ello suprime la distinción, en la que se basa su propia legitimidad, entre derechos humanos y ley positiva, con lo que quedan puestos los cimientos para el Estado totalitario. Los derechos humanos son previos, independientes y superiores a las decisiones de las mayorías, siendo esto válido no sólo para el Estado, sino que incluso el mandamiento divino del amor tiene como fundamento el respeto a los derechos humanos.
 
Termino recordando que el rechazo al aborto es uno de los puntos más claros de la doctrina católica. Recuerdo que para el Concilio Vaticano II: «el aborto y el infanticidio son crímenes abominables» (GS nº 51). Además «no puede haber verdadera democracia si no se reconoce la dignidad de cada persona y no se respetan sus derechos» (San Juan Pablo II, Encíclica «Evangelium Vitae», nº 101). El aborto es una aberración y mi autocensura me impide poner lo que pienso de los parlamentarios y gobernantes proabortistas.

 

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