El Aborto Terapéutico – Parte I

04 de julio de 2014

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El aborto es un argumento de discusión pública como se ha podido constatar en las últimas semanas a partir de la inclusión del mismo en el discurso del 21 de mayo, recién pasado, aludiendo al programa de gobierno de la “Nueva Mayoría”. En efecto, se ha publicitado hasta el cansancio que esto no ha sido debatido por la sociedad chilena en su conjunto, lo cual es falso. Basta recordar la amplia discusión del Parlamento hace un par de años en que finalmente se rechazaron los proyectos abortistas. Por tanto, la discusión sí se ha dado. Otra cosa es que  el gobierno socialista y de centro izquierda, no quiera aceptar estas decisiones por cuanto su agenda política debe, necesariamente, justificar las “promesas de campaña” y responder a las demandas de la ONU a costa de nuestra propia soberanía.
 
En efecto, legisladores, médicos, teólogos, filósofos y expertos en ciencias sociales y biológicas, entre otros, se dedican al tema en cuestión. Sin embargo, la consideración exclusivamente legal para su aprobación no basta.  Y menos cuando se citan normas legales en forma equívoca; o bien, se viola derechamente la Constitución Política (art 19, nº1) que defiende la vida que está por nacer. Tampoco un simple argumento de autodeterminación de la mujer en su ejecución constituye un fundamento ético y jurídico para justificar la muerte de un ser inocente en gestación. Pues, se olvida que el aborto voluntario, directamente provocado, es el asesinato de una vida humana inocente y absolutamente indefensa ante su agresor que actúa sobre seguro.
 
La ciencia médica testimonia de la forma más absoluta e inequívoca que el niño no nacido es efectivamente un ser humano. Esta es una realidad científica. Por lo tanto, el aborto sigue siendo la eliminación artera de un ser humano inocente que tiene derecho a la vida.
 
Todo aborto afecta, también, el futuro de la sociedad en la cual éste se realiza, ya que comprende los factores morales, psicológicos, sociales y jurídicos que juegan un rol importante en la formación del carácter e identidad de esa misma sociedad. Ignorar la dimensión pública de la praxis abortiva y no reconocer el grave problema humano y social que representa, nos pone de frente ante la necesidad de una pública defensa del derecho a la vida del niño que ha sido concebido y está por nacer. El derecho a la vida no puede ser sustituido por el derecho de matar. Esto último es lo que el Papa Francisco nos grafica con la “cultura del descarte”, la “cultura de la muerte”.
 
El problema de un niño no querido es un problema humano, pero el acto violento y mortal del aborto en contra de un ser inocente e indefenso no es la solución. Por el contrario, demuestra la incapacidad y la no voluntad de querer buscar una solución que respete la dignidad de la persona humana.
 
La vida es una, posee una misma identidad y una misma continuidad substancial. Y como tal, es inviolable desde el momento de la fecundación hasta su muerte natural.
 
Cuando se habla de la vida prenatal el punto de partida no es el individuo con sus derechos personales, sino el deseo de la pareja o a veces de la mujer sola contra los derechos del niño que está por nacer. En una palabra, la vida humana durante el período de la vida prenatal no está protegida suficientemente, a pesar de que se trata de la vida de un individuo humano ya que los resquicios legales para eliminarla se multiplican en una abierta violación del más fundamental de los derechos humanos: el derecho a la vida. Entonces, el destino del niño por nacer, en el primer período de su vida, está a merced de una decisión libre de la mujer o de terceros interesados que están más dispuestos a eliminarlo que ha salvarlo.
 
Así, es preocupante el hecho de que para la resolución de cualquier contrariedad entre dos individuos ya nacidos, se lleve a cabo un riguroso estudio comparativo de los respectivos derechos en cuestión y en el caso de cualquier tipo de conflicto entre “qui in utero est” y “qui iam natus est” no se lleve a cabo un estudio comparativo similar.
 
Es incomprensible el motivo por el cual el niño por nacer no sea considerado como tal en nuestro tiempo. El embrión humano, cuya identidad permanece inmutable en las distintas fases de su desarrollo, aunque manifieste una progresiva diferenciación en su organismo, es aceptada en la Asamblea del Consejo de Europa y en el Parlamento europeo (ej.: Recomendaciones n. 1046 del 24 de septiembre de 1986 y n. 1100 del 2 de febrero de 1989, Resoluciones A2-327/808, A2-372/88 del 16.3.1989). Entonces, la resistencia a aceptar los resultados de las investigaciones, en lo que respecta a la vida prenatal, por parte de la comunidad científica es, precisamente, mayor en el caso de los Estados. El problema, pues, está en los que tienen el deber de defenderla institucionalmente. De hecho, los Estados, movidos muchas veces por intereses económicos y por culturas hedonistas, terminan por considerar al embrión, a menudo y en los primeros meses de su vida, como "algo" que hay que catalogar entre los derechos patrimoniales y no como un “alguien”. Es decir, como un individuo humano con derechos propios.

 
 

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