¿Aborto terapéutico?

11 de julio de 2013

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La pregunta de ¿en qué momento el embrión humano se convierte en persona?, es una pregunta mal formulada, ya que desde el primer momento de su concepción, cuando está formado por una sola célula a la que han aportado su material genético ambos progenitores, el embrión desde el punto de vista meramente biológico, es un individuo nuevo, distinto de sus progenitores y con las características específicas de la especie humana. Si analizáramos su cariotipo, es decir, pudiéramos ver al microscopio sus cromosomas, encontraríamos los característicos 46 cromosomas de la especie humana y un genetista nos diría, aún no sabiendo su procedencia, que se trata del material genético de una célula humana.
 
La gran peculiaridad de esta célula, de este óvulo ya fecundado, es que en virtud de su genoma, de ese material genético presente en sus cromosomas, es capaz de desarrollarse en forma autónoma, formando todas las estructuras tanto físicas como psíquicas características del humano. Para ello, lo que el embrión recibe de su madre, al igual que después de haber nacido, es: alimentación, abrigo, y un ambiente físico y emocional.
 
A través de todo el período que dura el embarazo, no hallaremos ningún cambio sustancial en este pequeño individuo, sino que todos los cambios que iremos percibiendo serán en el sentido   del desarrollo o de la implementación de sus estructuras físicas y mentales, que ya están presentes, no en forma potencial, sino que en forma real, actual, aunque en un grado inicial. Hay por lo tanto un “continuum” desde el momento de la concepción hasta el momento de la muerte. No es menos ser humano y por lo tanto menos persona el recién nacido que el hombre adulto; asimismo tampoco es menos persona el embrión de un día que el niño recién nacido.

De este hecho, ineludible desde el punto de vista biológico de la calidad de ser humano del embrión desde la concepción, se desprenden sus derechos, que son los mismos de toda persona humana y que han sido reiteradamente expuestos en resoluciones internacionales,   partiendo desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU y pasando por las Constituciones Políticas de la mayoría de los países democráticos del mundo donde se reconoce la igualdad entre todos los seres humanos sin distinción.

Cuando vivimos en una sociedad en la cual prácticamente los líderes de todas las tendencias políticas toman como suyas las banderas de la libertad y la no-discriminación, parece un terrible contrasentido que sin embargo den vuelta la cara, de una manera escandalosa y grosera cuando se trata del ser humano más desvalido de todos, aquel que se encuentra en el vientre materno. No es posible que se levanten barricadas para promover la igualdad en la educación, mientras al mismo tiempo se menosprecia la vida del no-nacido, simplemente porque no tiene voz, porque me incomoda o porque no acepto nada que ponga límites a mi supuesta libertad.
 
Hoy en día reaparecen las voces que pretenden “vender la pomada” del aborto terapéutico, como la respuesta humanitaria frente a diversos dramas como el embarazo adolescente, el producto de la violación o el incesto, la presencia en el niño de malformaciones graves o el riesgo de salud materna. Quienes ejercemos la medicina, sabemos que la famosa disyuntiva de “la vida del hijo o la de la madre” es una situación extremadamente infrecuente y que cuando se da, el acto médico siempre está dirigido a intentar salvar ambas vidas y que en el caso de una situación en que la mujer embarazada presenta una patología grave, que la pone en riesgo inminente de muerte, frente a la cual la acción médica para salvar su vida puede poner en riesgo la vida del no-nacido, la decisión y acción éticamente adecuadas serán en ese caso hacer el procedimiento que salve la vida de la madre, aunque como resultado no querido, no buscado de ello, pudiera fallecer el hijo; es lo que se hace en el caso de un embarazo tubario o de un cáncer ginecológico o en una emergencia hipertensiva como la Eclampsia. En estas situaciones, si no se interrumpe el embarazo, morirán con certeza ambos, madre e hijo y la acción médica estará orientada a salvar la vida de la madre y poner todos los medios posibles para salvar también la vida del hijo. Esto siempre se ha hecho en nuestro país y seguramente en muchos países del mundo y no se necesita una “ley de aborto terapéutico” para ello, ya que esto no es un aborto, sino una acción en pro de la vida.
 
Cualquier otra condición, en la que no exista un riesgo vital inminente para la madre no justificaría en modo alguno la interrupción de un embarazo ya que pondría por encima del derecho a la vida otros valores, como la reputación, el bienestar psicológico, la situación social o económica, valores que pueden ser en sí mismos dignos de considerar, pero que jamás debieran anteponerse a la inviolabilidad de la vida humana, que debe ser el fundamento sobre el cual construir una escala de valores acorde a nuestra dignidad de personas.

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